Si vas empezando esto de darte de alta en el SAT, es importante que sepas cuales son las diferencias entre el Regimen de Incorporación Fiscal o RIF por sus siglas y el Régimen Simplificado de Confianza o RESICO por sus siglas.
Con la reforma fiscal que entró en vigor este 2022, se eliminó el Régimen de Incorporación Fiscal (mejor conocido como RIF), los artículos transitorios establecieron la opción de acabar los 10 años de transición que establece el RIF para aquellos que ya tributaban en este régimen al 31 de agosto de 2021.
Tanto RIF como RESICO son compatibles con otros regímenes, Si te inscribiste como RIF a partir del 1 de septiembre de 2021, pasarás automáticamente al RESICO. La regla 3.13.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 prevé que la autoridad haga esta actualización automática a más tardar el día 6 de enero de 2022.
Si ya pagabas impuestos en el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras como persona física, el SAT te cambiará a RESICO automáticamente (Regla 3.13.3 RMF 2022).
Régimen de Incorporación Fiscal ó RIF:
¿Cuáles son los regímenes con los que son compatibles?
- Salarios
- Intereses
- Arrendamientos
- Plataformas Tecnológicas
Límite de Gastos: 2 Millones de pesos.
¿Puedes regresar a este régimen?
Régimen Simplificado de Confianza o RESICO:
¿Cuáles son los regímenes con los que son compatibles?
- Salarios
- Intereses
Límite de Gastos: 3.5 Millones de pesos
ElRégimen Simplificado de Confianza (ReSiCo) tiene muchos cambios y características particulares. El pago del ISR será desde el 1% al 2.5% mensual sobre tu ingreso efectivamente cobrado, mientras que RIF es una tarifa bimestral y la reducción anual del ISR, según el ejercicio en el que te encuentres tributando.
¿Se pueden aplicar deducciones autorizadas en RESICO?
No, ReSiCo no las considera para la determinación del ISR, sin embargo debes tener las facturas de tus gastos e inversiones. ? Además, para la determinación del IVA si se considera el IVA de tus gastos e inversiones, ¿simplificado? ?
? Puedes darle una leída a los artículos a partir del 113-H de la LISR y a las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022, inicia en la regla 3.13.1